Levítico 5
Cuando alguien cometía un pecado no intencional, tenía que llevarle al
Señor una ofrenda por la culpa. El procedimiento esta descrito aquí, y llama mi
atención que cuando alguna persona hacía uso de algo que ya estaba consagrado a
Dios su ofrenda tenía que ser mayor, esta debería incluir la compensación de lo
afectado más el 20 por ciento. Si nos causa un poco de confusión cual es la
diferencia con otras ofrendas, acordémonos de lo que hoy llaman delitos
culposos. Estos ocurren cuando hay un accidente, todavía hay una responsabilidad
pero se entiende que no hubo la intención de causar daño.
Levítico 6
Hay varios tipos de ofrendas. Generalmente las
de grano, como se mencionan en el capítulo anterior, eran para ser ofrecidas
por personas quienes no le alcanzaba para otro tipo de ofrenda, ya fuera por la
culpa o por cualquier otro tipo de causa. Pero en ocasiones estás eran
ofrecidas por los Sacerdotes y en ese caso debería dejarse para ser
completamente quemada. Aquí también se mencionan ofrendas por pecados
intencionales, y en estos casos siempre tenía que haber una RESTITUCIÖN del
daño causado y una ofrenda por el pecado de 20 por ciento adicional. Las ofrendas
ofrecida por SACERDOTES, a título propio, es decir por ellos mismo, tenían que
ser totalmente consumidas al fuego.
Quizás la parte más práctica de todo el pasaje, sea que el altar SIEMPRE
tendría que estar encendido. Así nuestro altar y nuestra disposición a ser un
atar y para rendir nuestra voluntad a Dios debe de ser continua
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